Guía de Trámites
Guía de Trámites

Cancelación de inscripción ante ARCA

Solicitar la cancelación de inscripción ante ARCA en los casos de fallecimiento, ausencia con presunción de fallecimiento o disolución de persona jurídica.


1

Solicitar un turno web en la dependencia de ARCA que corresponda según el domicilio del causante.


Las sucesiones indivisas pueden realizar el trámite mediante el servicio con clave fiscal "Presentaciones Digitales", opción "Sucesiones - Vinculación de clave fiscal, cancelación de inscripción y otros"

2

Presentarse en la dependencia en el día y horario seleccionado para el turno con el Formulario N° 981 y la documentación necesaria.

En casos de fallecimiento o ausencia con presunción de fallecimiento

- Formulario N° 981

- Acta de defunción del causante (original y copia auténtica), o

- Declaración judicial de ausencia con presunción de fallecimiento (original y copia auténtica).


En casos de disolución de personas jurídicas

- Formulario N° 981

- Acto de disolución de la persona jurídica (constituida o no regularmente) y, en su caso, de su pertinente inscripción registral (original y copia auténtica)

- Acto de nombramiento del liquidador y su respectiva inscripción registral (original y copia auténtica).
En todos los casos, ya sea fallecimiento, ausencia con presunción de fallecimiento o disolución de una persona jurídica, los responsables de informar a ARCA, deberán hacerlo dentro de los 60 días corridos de producidos tales hechos.

En caso de fallecimiento será el cónyuge o los presuntos herederos legítimos.

En el caso de una persona jurídica disuelta será el liquidador el responsable de informarlo ante este organismo.

¿Dónde realizarlo?

Formulario