Las personas con discapacidad a que alude el Artículo 1° del Decreto N° 1313/93, su representante legal cuando se trate de menores de edad no emancipados u otras personas civilmente incapaces, o el apoderado con poder especial al efecto, en su caso, deberán solicitar la emisión de la "Constancia de Reconocimiento de Capacidad Económica" ante esta Administración Federal con carácter previo a gestionar el beneficio ante la Autoridad de Aplicación.
Dicha solicitud se deberá realizar a través del servicio con clave fiscal denominado "Sistema de Protección Integral de Personas con Discapacidad - Reconocimiento de Capacidad Económica de los Solicitantes del Beneficio", ingresando en la opción "Ingresar solicitud", informando los datos que se detallan a continuación:
a) Domicilio real del beneficiario: cuando no posea CUIT.
b) CUIT, CUIL, CDI o DNI del apoderado o representante legal.
c) Apellido y nombres del apoderado o representante legal, sólo cuando no posea CUIT.
d) Domicilio real del representante legal o apoderado, sólo cuando no posea CUIT.
e) Identificación de los integrantes del grupo familiar, indicando apellido y nombres, CUIT, CUIL o CDI, domicilio real y grado de parentesco o afinidad, de cada uno de ellos.
En el supuesto de no poseer alguna de las claves o código previstos en el párrafo anterior -atento a no existir razones de índole fiscal que obliguen a los sujetos allí indicados-, dicha información será reemplazada por la correspondiente al tipo y número de documento de identidad.
f ) Respecto del beneficiario y de cada uno de los integrantes del grupo familiar:
1. Detalle de las fuentes generadoras de ingresos y de los montos obtenidos durante los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de inicio de la solicitud, del modo que se indica a continuación:
1.1. Ingresos provenientes de actividades desarrolladas en relación de dependencia, respecto de los cuales se deberá informar:
1.1.1. Si es aportante del Sistema Integrado Previsional Argentino (S.I.P.A.) -Ley Nº 26.425-.
1.1.2. CUIT del empleador.
1.1.3. Remuneración bruta sujeta a aportes.
1.1.4. Remuneración neta.
1.2 Ingresos provenientes del desarrollo de actividades autónomas: en todos los casos se deberán informar ingresos netos, considerando como tales los obtenidos luego de deducidos los costos y gastos necesarios para su obtención.
En tal caso deberá diferenciarse entre aquellos ingresos independientes provenientes de actividades incorporadas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) y los obtenidos por actividades no incorporadas al mencionado régimen.
En ambos casos, además, podrán informarse en forma diferenciada los montos provenientes de las actividades que resultan estacionales, los cuales serán promediados a los fines de estimar el ingreso corriente mensual.
1.3. Otros ingresos: en el caso que la persona con discapacidad o algún integrante de su grupo familiar perciba ingresos provenientes de jubilaciones, pensiones, retiros y conceptos de análoga naturaleza, deberá ingresar los montos netos percibidos por tal concepto, indicando además una descripción del tipo de ingreso informado.
2. Patrimonio al 31 de diciembre del año inmediato anterior a la fecha de la solicitud, valuado de conformidad con las normas previstas por la Ley Nº 23.966 de Impuesto sobre los Bienes Personales y sus modificaciones, detallando lo siguiente:
2.1. Bienes situados en el país:
2.1.1. Inmuebles.
2.1.2. Derechos reales.
2.1.3. Automotores.
2.1.4. Naves, yates y similares.
2.1.5. Aeronaves.
2.1.6. Patrimonio de empresas o explotación unipersonal.
2.1.7. Acciones y fondos comunes de inversión con cotización.
2.1.8. Acciones, cuotas y participaciones sociales sin cotización.
2.1.9. Títulos públicos y privados con cotización.
2.1.10. Títulos públicos y privados sin cotización.
2.1.11. Depósitos en dinero.
2.1.12. Dinero en efectivo.
2.1.13. Bienes muebles registrables.
2.1.14. Otros bienes.
2.2. Bienes situados en el exterior:
2.2.1. Inmuebles.
2.2.2. Derechos reales.
2.2.3. Automotores.
2.2.4. Depósitos en dinero.
2.2.5. Créditos, obligaciones negociables, debentures.
2.2.6. Bienes muebles y semovientes.
2.2.7. Títulos acciones y demás participaciones sociales.
2.2.8. Otros bienes.
g) Datos del vehículo que pretende adquirir:
1. País.
2. Fábrica, año de fabricación.
3. Marca.
4. Modelo.
5. Tipo de vehículo.
6. De tratarse de vehículos importados:
6.1. Código VIN: se deberán detallar los 9 primeros dígitos.
6.2. Valor FOB.
6.3. Aranceles aduaneros descontados.
6.4. Impuesto al Valor Agregado descontado.
6.5. Impuestos Internos descontados.
6.6. Otros gastos.
6.7. Valor final a abonar por el solicitante.
6.8. Tipo de moneda en el que se expresa el valor final.
6.9. Declaración sobre el ejercicio de la opción prevista por la Resolución 795 de fecha 30 de marzo de 1994 de la entonces Administración Nacional de Aduanas.
7. De tratarse de vehículos nacionales/MERCOSUR:
7.1. Valor de plaza (este concepto deberá informarse neto de gastos).
7.2. Valor "ex - work" o "puerta de fábrica".
7.3. Impuesto al valor agregado descontado.
7.4. Impuestos internos descontados.
7.5. Otros gastos.
7.6. Valor final a abonar por el solicitante.
h) Forma de pago y datos del emisor de la factura pro-forma:
1. Fecha de emisión de la factura pro-forma.
2. Forma de pago: contado, financiación-cuotas, títulos y acciones, bienes de fácil realización.
3. Datos adicionales según la forma de pago seleccionada:
3.1. Contado: banco, sucursal, tipo de cuenta, Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) e importe depositado.
3.2. Compra en cuotas: valor y cantidad de cuotas consignadas en la factura pro-forma.
3.3. Títulos y acciones: clase, cantidad, valor nominal, valor de plaza y denominación de la entidad emisora.
3.4. Bienes de fácil realización: tipo de bien, marca, modelo, matrícula y valor de realización.