Guías Paso a Paso
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¿Cómo solicito la devolución de las percepciones de la RG 3819?

Conocé los pasos para solicitar la devolución de las percepciones por compras en moneda extranjera.

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Mediante la Resolución General N° 3420 se establece el procedimiento mediante el cual los sujetos residentes en el país, a quienes se les hubieran practicado las percepciones por la Resolución General N° 3.819, y que no sean contribuyentes del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, podrán solicitar la devolución del gravamen percibido.

Para solicitar la devolución, deberán utilizar el servicio con clave fiscal "Mis Aplicaciones WEB”.

Recordá que para acceder a este servicio deberás:


- Ingresar a la página de AFIP (www.afip.gob.ar) y presionar “INGRESAR” en el recuadro “Acceso con Clave Fiscal”.

- A continuación se despliega una pantalla, en la cual debés ingresar tu número de CUIT/CUIL/CDI y tu clave fiscal. Luego presioná el botón “INGRESAR”.

- Buscá “Mis Aplicaciones Web” y, luego de agregarlo, accedé al servicio.

Requisitos previos a efectuar la solicitud de devolución:


Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).

Contar con Clave Fiscal.

Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) de tu cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal “Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social”.

Contar, previamente, con la cancelación de deudas y/o regularización de las inconsistencias, para después poder acreditarse lo percibido.

Contar con Domicilio Fiscal Electrónico. Podes encontrar los pasos en el video tutorial

IMPORTANTE: Si tenés CUIT y Clave Fiscal NO deberás concurrir a una Dependencia AFIP - DGI (El trámite se realiza directamente desde la Web). De lo contrario es obligatorio concurrir con TURNO WEB