El Domicilio Fiscal Electrónico es obligatorio y produce, en el ámbito administrativo, los efectos del domicilio fiscal constituido, por lo que, a través de las comunicaciones que se reciban por este medio, se considerará al contribuyente como efectivamente notificado.
Es virtual, gratuito, seguro, personalizado y válido para la recepción de comunicaciones de ARCA y otros organismos.
Todos los ciudadanos y responsables deben constituir el Domicilio Fiscal Electrónico, excepto los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social.
Más información: en el micrositio Domicilio Fiscal Electrónico.