Vas a necesitar clave fiscal nivel 3 o superior.
Las personas humanas y sucesiones indivisas deben presentar el F. 855 y el resto de los responsables, el F.856.
Para obtener la autorización para emitir comprobantes tipo A los ciudadanos deben cumplir con los siguientes requisitos:
- No deben encontrarse entre las causales de habilitación de emisión de comprobantes clase A con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” en el marco de la Resolución General N° 4132.
- No haber solicitado una o más bajas en el Impuesto al Valor Agregado dentro de los 12 meses inmediatos anteriores a la fecha de interposición de la solicitud, y que al momento de la última baja registrada se encontraran habilitados a emitir comprobantes clase “A”, clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” en los términos de la Resolución General N° 5762, o estuvieren inhabilitados para la emisión de comprobantes.
- Además, deben reunir los requisitos patrimoniales dispuestos en el apartado 1, del artículo 4°, de la Resolución General N° 5762, con las condiciones indicadas en dicho artículo.