Guías Paso a Paso
Guías Paso a Paso

¿Cómo realizo la certificación de servicios y remuneraciones?

Te mostramos cómo realizar la certificación de servicios y remuneraciones cumplidos por los trabajadores en relación de dependencia.



Descargar Enviar

Podrás certificar los servicios cumplidos por los trabajadores en relación de dependencia durante los meses en que se extendió la relación laboral, siempre y cuando el período de trabajo incluya como mínimo un período de la vigencia del SIPA establecido por la Ley Nº24.241 - julio de 1994 y siguientes-.


Para ingresar a la aplicación y obtener la Certificación de Servicios y Remuneraciones (CSyR) los empleadores –personas humanas o jurídicas– deberán poseer la clave de seguridad social generada por ANSES; o clave fiscal. En este último caso, deberán ingresar con la misma al servicio Mi Certificación - ANSES.

Tené en cuenta que con carácter previo a ingresar a la aplicación para gestionar y obtener la CSyR resulta necesario que se verifique que:

- La relación de trabajo que se pretenda certificar haya sido denunciada en miSimplificación- Empleadores de acuerdo con las previsiones de la Resolución General Nº 1891/2005, texto según Resolución General Nº 2016/2006 que implementa el “Registro de altas y bajas en materia de Seguridad Social”, previsto en el artículo 39 de la Ley Nº 25.877.

- Se encuentren presentadas las declaraciones juradas (DDJJ) mensuales originales correspondientes a los períodos no prescriptos posteriores al mes de junio de 1994, de acuerdo con las previsiones de la Resolución General AFIP Nº 3834/1994, texto según Resolución General AFIP Nº 712/99, sus modificatorias y complementarias.

- Se encuentren generadas y presentadas las declaraciones juradas mensuales (F931) de carácter rectificativo que sean necesarias, tendientes a reflejar la veracidad de los datos vinculados con la relación laboral que se pretende certificar, en cumplimiento con las previsiones de la Resolución General AFIP Nº 3834/1994, texto según Resolución General AFIP Nº 712/99, sus modificatorias y complementarias.

- Se verifique que la relación laboral que se pretende certificar abarcó como mínimo un período desde el mes de julio de 1994 y siguientes.

- Cuando la relación laboral comprenda, además, períodos anteriores a julio de 1994 el sistema requerirá información adicional:

Del Empleador: El/los Nº de cuenta y/o inscripción otorgado/s por la ex Dirección Nacional de la Recaudación Previsional (DNRP).

Del Trabajador: El/los Nº de afiliación ante las ex Cajas Nacionales de Previsión Social; el/los Nº de documentos que posea (DNI, DU, CI, LC, LE y/o pasaporte).