Tené en cuenta que con carácter previo a ingresar a la aplicación para gestionar y obtener la CSyR resulta necesario que se verifique que:
- La relación de trabajo que se pretenda certificar haya sido denunciada en miSimplificación- Empleadores de acuerdo con las previsiones de la Resolución General Nº 1891/2005, texto según Resolución General Nº 2016/2006 que implementa el “Registro de altas y bajas en materia de Seguridad Social”, previsto en el artículo 39 de la Ley Nº 25.877.
- Se encuentren presentadas las declaraciones juradas (DDJJ) mensuales originales correspondientes a los períodos no prescriptos posteriores al mes de junio de 1994, de acuerdo con las previsiones de la Resolución General AFIP Nº 3834/1994, texto según Resolución General AFIP Nº 712/99, sus modificatorias y complementarias.
- Se encuentren generadas y presentadas las declaraciones juradas mensuales (F931) de carácter rectificativo que sean necesarias, tendientes a reflejar la veracidad de los datos vinculados con la relación laboral que se pretende certificar, en cumplimiento con las previsiones de la Resolución General AFIP Nº 3834/1994, texto según Resolución General AFIP Nº 712/99, sus modificatorias y complementarias.
- Se verifique que la relación laboral que se pretende certificar abarcó como mínimo un período desde el mes de julio de 1994 y siguientes.
- Cuando la relación laboral comprenda, además, períodos anteriores a julio de 1994 el sistema requerirá información adicional:
Del Empleador: El/los Nº de cuenta y/o inscripción otorgado/s por la ex Dirección Nacional de la Recaudación Previsional (DNRP).
Del Trabajador: El/los Nº de afiliación ante las ex Cajas Nacionales de Previsión Social; el/los Nº de documentos que posea (DNI, DU, CI, LC, LE y/o pasaporte).