La comunicación de baja del empleado o de la empleada deberá realizarse dentro del plazo de 5 días corridos, contados a partir de la fecha en que se produjo la extinción de la relación laboral, por cualquier causa.
Cumplido el plazo mencionado, el sistema permitirá declarar la baja retroactiva, lo que no exime de las sanciones que a dicho incumplimiento pueda corresponder.