Guías Paso a Paso
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Remito Cárnico

El Remito Cárnico permite administrar los comprobantes para el traslado automotor de carnes y subproductos derivados de la faena de bovinos y porcinos.

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Para operar con este servicio debés tener clave fiscal nivel 3 o superior y adherir el servicio Remitos Electrónicos, opción Remito Cárnico.


Si no tenés el servicio habilitado, luego de ingresar con tu clave fiscal a www.afip.gob.ar, agregalo desde el buscador que está en la sección "Mis Servicios".

Tutorial: ¿Cómo realizo la recepción de un remito cárnico? 

Aclaraciones previas a la generación del remito:


• Para la generación exitosa del remito se debe superar todas las validaciones sistémicas. Caso contrario no se realiza la generación del documento.

• Si el emisor no es el titular de la mercadería el remito quedará en estado pendiente de autorizar por el titular.

• Si el emisor es el titular y la mercadería se remite desde un depósito de terceros, el remito quedará pendiente de autorizar por el depositario.

• Si el emisor es el titular y se remite desde un depósito propio, el remito será emitido.


Puntos de emisión


Para poder generar remitos electrónicos en primer lugar se deberán habilitar los puntos de emisión desde el cual se emitirá el “REC”.

Los puntos de emisión correspondientes se deberán habilitar a través del servicio denominado “Administración de Puntos de Venta y Domicilios”, en la opción “ABM Puntos de Venta/Emisión”, especificando si el mismo se utilizará para la Emisión “Remito electrónico en Línea” o “Remito Electrónico Web Services”.

Al momento de emitir el REC deberá elegir entre los domicilios declarados.


Aclaraciones previas a la generación del remito:


• Para la generación exitosa del remito se debe superar todas las validaciones sistémicas. Caso contrario no se realiza la generación del documento.

• Si el emisor no es el titular de la mercadería el remito quedará en estado pendiente de autorizar por el titular.

• Si el emisor es el titular y la mercadería se remite desde un depósito de terceros, el remito quedará pendiente de autorizar por el depositario.

• Si el emisor es el titular y se remite desde un depósito propio, el remito será emitido.