Para tener acceso a las prestaciones de la obra social, los aportes deben ser iguales o superiores a la cuota establecida para la categoría 16 o más horas trabajadas semanalmente.La misma condición debe cumplirse con las contribuciones al sistema jubilatorio para tener derecho a gozar de una jubilación al final de la etapa laboral.
Desde el servicio de Casas Particulares podés saber cuánto abonó tu empleador y pagar la diferencia para tener acceso a la obra social y la jubilación.También podés incluir a tus familiares como adherentes en la cobertura de la obra social.
(Distingue mayúsculas)