Para determinar el monto total que se refinanciará, el sistema considerará todos aquellos pagos efectuados hasta el último día del mes anterior a la solicitud de refinanciación y, sobre el saldo impago de intereses resarcitorios y/o punitorios -siempre que no se haya cancelado su capital-, se aplicará la condonación del 30%.
En tal sentido, deberá solicitarse la suspensión de los débitos que estuvieran programados para el mes en que se concrete la refinanciación del plan, o la reversión de los débitos efectuados, dentro de los 30 días corridos de realizados.
Las cuotas serán mensuales y consecutivas y su monto se calculará aplicando las fórmulas para refinanciación de planes. El importe mínimo del componente capital de cada una de las cuotas será de $ 2.000.