El ejemplar Nº 2 del formulario F. 381 (nuevo modelo), intervenido por la jefatura de la dependencia de AFIP ante la que se hubiera realizado la presentación, constituirá el "Certificado de Bienes Registrables". Las áreas habilitadas a tal fin son:
- Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales: Sección Control de la Deuda o Sección Control de Obligaciones Fiscales, según corresponda
- Agencias Metropolitanas: Sección Servicios al Contribuyente
- Agencias Sede: Sección Servicios al Contribuyente
- Agencias del interior: Sección Recaudación
- Distritos: Oficina Recaudación y Verificaciones
El certificado será entregado por AFIP al presentante, dentro de los 2 días hábiles siguientes al de la fecha de la presentación del formulario F. 381 (nuevo modelo).