Guía de Trámites
Guía de Trámites

Información de embarcaciones y maquinarias - F. 381 (RG 2762)

Si compraste una embarcación o una maquinaria (agrícola, tractor, cosechadora, grúa, viales y toda otra autopropulsada) cuyo valor total supere los $100.000, debés informar la operación al fisco.


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Presentar el formulario Nº 381 (nuevo modelo) dentro de los 10 días siguientes a la formalización de la inscripción en el registro.

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El ejemplar Nº 2 del formulario F. 381 (nuevo modelo), intervenido por la jefatura de la dependencia de AFIP ante la que se hubiera realizado la presentación, constituirá el "Certificado de Bienes Registrables". Las áreas habilitadas a tal fin son: 


- Dirección de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales: Sección Control de la Deuda o Sección Control de Obligaciones Fiscales, según corresponda


- Agencias Metropolitanas: Sección Servicios al Contribuyente


- Agencias Sede: Sección Servicios al Contribuyente


- Agencias del interior: Sección Recaudación


- Distritos: Oficina Recaudación y Verificaciones


El certificado será entregado por AFIP al presentante, dentro de los 2 días hábiles siguientes al de la fecha de la presentación del formulario F. 381 (nuevo modelo).

Quedan obligados a informar la adquisición de derechos reales de dominio o condominio de:

  • Embarcaciones y maquinarias (agrícolas, tractores, cosechadoras, grúas, viales y toda otra autopropulsada): cuando el valor total de la operación de adquisición supere la suma de cien mil pesos $ 100.000

  • A los efectos de la determinación del valor de adquisición, deberán considerarse también los gastos, impuestos, tasas, derechos y comisiones resultantes con motivo de la compra o, en su caso, de la importación definitiva directa.

  • De tratarse de bienes adquiridos en condominio, la presentación del referido formulario de declaración jurada procederá únicamente, cuando la proporción correspondiente a cada condómino en los importes de adquisición, supere los $30.000
Quedan exceptuados de cumplimentar con la obligación de informar la adquisición de bienes, los siguientes sujetos:

  • Los Estados nacional, provincial o municipales

  • Las misiones diplomáticas permanentes acreditadas ante el Estado nacional, diplomáticos, agentes consulares y demás representantes oficiales de paises extranjeros.

¿Dónde realizarlo?

Formulario