Antes de dirigirse a la imprenta, los responsables inscriptos, exentos y no alcanzados en el impuesto al valor agregado, así como los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que deban imprimir facturas, notas de crédito o de débito, remitos, etc, deben solicitar el "Código de Autorización de Impresión" (CAI), siguiendo el procedimiento que se indica en esta guía.