Las personas que sean titulares de un plan de medicina prepaga que posean ingresos netos menores a 6 salarios mínimos, vitales y móviles, pueden solicitar el tope de aumento de cuota hasta un 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado, por un plazo de 18 meses consecutivos.