Para tramitar la inscripción en el "Registro" se deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- Poseer la condición de responsable inscripto en el impuesto al valor agregado.
- Declarar en el sistema registral y realizar alguna de las actividades que se detallan en el Código Industrial Internacional Uniforme CIIU - Formulario 150 - R.G. 485.
- Declarar y mantener actualizado ante este Organismo el domicilio fiscal, así como los domicilios de los locales y establecimientos
La permanencia de la inscripción en el "Registro" estará condicionada a que el contribuyente observe una correcta conducta fiscal. A efectos de la permanencia de la inscripción en el "Registro" se deberá exteriorizar, además, la condición de habitualidad en la compraventa de los bienes incluidos en el registro.
A tal fin, deberá haber efectuado y declarado ventas gravadas por el impuesto al valor agregado en al menos 9 períodos mensuales, dentro de los últimos 12 períodos mensuales consecutivos.
La AFIP podrá, sobre la base de parámetros objetivos de medición, determinar el cumplimiento de las condiciones exigidas.